Social

volver

Estudiantes

Itinerario Millennium 2018-2019

Nº 5 y 6 Competencia judicial internacional. Marco general y análisis jurisprudencial. Requiere la previa lectura de la sentencia indicada en la actividad 2.

Nº 5 y 6 Competencia judicial internacional. Marco general y análisis jurisprudencial. Requiere la previa lectura de la sentencia indicada en la actividad 2.

Practicas Nº 5 y 6. Competencia judicial internacional. Marco general y análisis jurisprudencial. Requiere la previa lectura de la sentencia indicada en la actividad 2.

 

Actividad 1. ¿Qué normativa se aplicará para determinar la competencia judicial internacional en los siguientes supuestos?

Supuesto 1. Una sociedad con domicilio en España, quiere demandar  a una empresa americana, domiciliada en Nueva York, cuyo centro de actividad principal radica en Suiza, por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato firmado por ambas.



Supuesto 2. Dos españoles, residentes en Chile, litigan por que la casa de la que uno de ellos es propietario  en Estepona, y que le había alquilado durante la temporada de verano no reúne las condiciones descritas en el contrato de arrendamiento que habían suscrito.

Supuesto 3. Una empresa aragonesa de fabricación de  placas fotovoltaicas quiere demandar a una empresa domiciliada en Singapur por el impago del precio estipulado en el contrato de compraventa de material que ambas habían suscrito.

Supuesto 4. En un contrato entre partes domiciliadas en EEUU, se incluye una cláusula de sumisión a Tribunales españoles. Interpuesta demanda ante los mismos la parte demandada impugna la validez de dicha cláusula.

 

Actividad 2. Análisis Jurisprudencial.

a)    ¿Se aplicaría el Reglamento Bruselas I bis a un litigio en el que el único elemento extranjero sea la nacionalidad de una de las partes, es este un elemento extranjero capaz de internacionalizar el contrato?

b)     ¿Qué Derecho habrá de aplicar el Juez para saber si el demando esta domiciliado en un Estado Miembro?

c)    ¿Si se llegara a la conclusión que el demandado no está domiciliado en ningún Estado Miembro, pero lo estuviere en un Estado tercero, cómo se determinaría la competencia judicial internacional?

d)    Y si se desconociera el domicilio del demandado, como se determinaría la competencia del Tribunal ante el que se ha planteado el litigio?.

Busque las respuestas, así como la fundamentación de las mismas, en la Sentencia del TJUE de 17 de noviembre de 2011,. Asunto Hypoteční banka a.s. y Udo Mike Lindner.

Millenium DIPr