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Itinerario Millennium 2018-2019

Nº 23 y 24 Persona física, capacidad e interés nacional

Nº 23 y 24 Persona física, capacidad e interés nacional

Supuesto 1. 

Un comerciante, nacional español de origen, con residencia habitual en Monterrey, adquiere la nacionalidad mejicana, sin perder por ello la española. Un año después, fija su residencia habitual en Berlín y efectúa una venta de mercaderías a una empresa con domicilio social en Madrid. 

Responda a las siguientes cuestiones:

a.-¿Qué ley rige la capacidad del vendedor?

b - ¿Puede beneficiarse de la libertad de establecimiento y libre prestación de servicios?

c.- Imagine ahora que, en lugar de la nacionalidad mejicana, el ciudadano español ha adquirido la nacionalidad alemana, conservando la española. ¿Cuál sería entonces la ley rectora de la capacidad del vendedor?

Supuesto 2

Un sujeto de diecinueve años y nacionalidad paquistaní, que reside en España, compra en Barcelona varios automóviles de segunda mano a un concesionario español, con la intención de revenderlos en su país. El joven es demandado ante los Tribunales españoles por incumplimiento contractual. En la contestación a la demanda el comprador alega que el contrato es nulo, argumentando su falta de capacidad de acuerdo con su ley personal, ya que en Paquistán la mayoría de edad se alcanza a los veintiún años. 
Responda a las siguientes cuestiones:
a.- ¿Cuál es la ley rectora de la capacidad del comprador? 
b.- ¿Es nulo el contrato por la causa alegada?

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