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Itinerario Millennium 2019-2020

Nº12. Competencia judicial internacional. Foros de protección (2)

Nº12. Competencia judicial internacional. Foros de protección (2)

Lea detenidamente los artículos 18 a 19 del Reglamento 1215/2012 y 15 a 17 del Convenio de Lugano y responda al siguiente supuesto: 

 Un español domiciliado en España compra a una empresa domiciliada en Suecia un reloj digital, del que se había emitido publicidad en España a través de una conocida cadena de televisión. Recibido el producto, el comprador decide devolverlo y no pagarlo, por lo que la empresa interpone una demanda ante los Tribunales de su país frente al comprador español, exigiéndole, en cumplimiento del contrato, el pago acordado. En el contrato de venta suscrito por ambas partes existía una cláusula de sumisión a dicha Jurisdicción. 



 

Cuestiones:



1. ¿Son competentes los Tribunales suecos? ¿Qué efectos tiene la cláusula de sumisión?

2. Suponga que el demandado no comparece ¿qué sucederá entonces? 

3. En el caso de que compareciera, ¿cuáles serían las consecuencias de su comparecencia? Responda a la vista del artículo 28 del Reglamento.

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