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#CineMill Handía , Conflictos internos y Derecho Internacional Privado de la UE
Película ganadora de 10 premios Goya, cuya sinopsis es la que sigue
Tras haber luchado en la Primera Guerra Carlista, Martín vuelve a su caserío familiar en Gipuzkoa y allí descubre con sorpresa que su hermano menor, Joaquín, es mucho más alto de lo normal. Convencido de que todo el mundo querrá pagar por ver al hombre más grande sobre la Tierra, ambos hermanos se embarcan en un largo viaje por Europa en el que la ambición, el dinero y la fama cambiarán para siempre el destino de la familia. Una historia inspirada en hechos reales. ( A contracorriente Films).
El origen del personaje protagonista nos sitúa en el País Vasco, que, al igual que otros territorios como Aragón, posee un Derecho Civil Propio, representado por la Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la materia viene determinada por lo establecido en el artículo 149.1.8ªCE, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de normas para resolver los conflictos de leyes.
Normas de conflicto, como las establecidas en materia sucesoria ( articulo 9.8CC), que en materia de conflictos internacionales de leyes han sido desplazadas por las normas del Derecho de la UE, representadas por el Reglamento 650/2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo.
Otro ámbito en el que se producen conflictos de leyes internacionales y en el que ha incidido la promulgación de normas de Derecho Internacional Privado de la Unión Europea en la materia, es el relativo a la separación y el divorcio. La reforma del artículo 107 del Código Civil operada por la Ley 15/2015, remite a las normas de la Unión Europea o Españolas de Derecho Internacional Privado la separación y el divorcio legal. Sobre la materia se ha promulgado el Reglamento (UE) n ° 1259/2010 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010 , por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial.
También se producen conflictos internos derivados de la existencia de distintas normas autonómicas en la materia (donde se reclama por la doctrina la existencia de una norma de conflicto que regule los mismos) en el ámbito de las parejas de hecho. Así ha sido puesto de manifiesto en nuestra revista Bitácora Millennium Dipr por los artículos del Dr. D. Luis Garau Juaneda y el Dr. D Andres Urrutia Badiola y D. Francisco de Borja Iriarte Ángel
Ello refleja la importancia de la norma de conflicto para resolver conflictos internos, porque
¡¡¡ TODO ES INTERREGIONAL!!!
Foto: A contracorriente films