
Bitácora Millennium DIPr
Autor: FRANCISCO JOSÉ MARTÍN MAZUELOS Magistrado jubilado ex miembro de la Red Judicial
Revista nº 21
Reconocimiento de actos de jurisdicción voluntaria: aspectos prácticos y actos notariales
Pretende este trabajo presentar un panorama de los supuestos de reconocimiento internacional de resoluciones extranjeras de jurisdicción voluntaria, dejando a un lado el estudio del régimen de reconocimiento. Para ello se hace preciso delimitar su ámbito, tanto en nuestra Ley de Jurisdicción Voluntaria como en los Reglamentos de la Unión Europea. Se presta especial atención a la posibilidad de considerar como resoluciones susceptibles de reconocimiento decisiones emitidas por autoridades que no forman parte de la organización judicial, así como notarios, mencionados expresamente en algunos Reglamentos. Finalmente, se aplican esos conceptos a los notarios españoles, cuestión controvertida

Abstract: This paper aims to present an overview of international recognition of foreign decisions in non-contentious proceedings, leaving aside the study of the recognition regime. For that purpose, it is necessary to delimit its scope, in the Spanish Voluntary Jurisdiction Act and European Union Regulations. Special attention is paid to the possibility of considering that acts issued by notaries and authorities not part of the judicial organization, as mentioned in some Regulations, are susceptible to recognition. Finally, these concepts are applied to Spanish notaries, a controversial issue.
Key Words: International recognition. Non-contentious jurisdiction. Notarial instruments.
Sumario: I. Introducción. II. Legislación española. a) Delimitación de la jurisdicción voluntaria. b) Reconocimiento conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria. III. Reglamentos de la Unión Europea. a) El órgano jurisdiccional en los Reglamentos. b) Reconocimiento. c)Competencia. d) El Notario español como órgano judicial en los Reglamentos. IV. Conclusiones generales.
Fecha de recepción del original: 30 de diciembre de 2024. Fecha de aceptación de la versión final: 24 de enero de 2025.
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