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Itinerario Millennium 2019-2020

Nº 14. Normas de aplicación de los modelos de Competencia judicial internacional

Nº 14. Normas de aplicación de los modelos de Competencia judicial internacional

 Lea detenidamente la sección 9ª del Reglamento Bruselas I bis (arts. 29, 31 y 33), el Titulo IV de la LCJI (arts. 37 a 40) y el supuesto planteado en la práctica 13 y conteste a las siguientes cuestiones con buena fundamentación jurídica:

 

a)     Si contesta afirmativamente a la pregunta 1.a) del supuesto de la practica 13, pero se hubiera presentado anteriormente en Turquía un procedimiento con el mismo objeto, la misma causa y las mismas partes, en el momento en el que se interpone demanda en España ¿cómo procederán los Tribunales españoles?

b)    Si la contraparte de la empresa española fuera una sociedad domiciliada en Portugal, y se presentara demanda en España, estando pendiente una demanda entre las mismas partes, objeto y causa en Portugal. ¿Como procederá el Juez español?

c)     Y si en el contrato que vincula a la empresa portuguesa con la española existiese una cláusula de sumisión a los Tribunales españoles ¿variaría la respuesta a la pregunta anterior?

d)    Se interpone una demanda ante Tribunal español frente a demandado domiciliado en Australia y posteriormente a instancia de parte se le comunica que existe otra demanda interpuesta ante Tribunal australiano ¿Cómo procederá el Tribunal español?

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