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Itinerario Millennium 2020-2021

Nº 3. Objeto, contenido y fuentes de DIPR: trabajamos con la legislación (1)

Nº 3. Objeto, contenido y fuentes de DIPR: trabajamos con la legislación (1)

Supuesto 1.  Una mujer de vecindad civil catalana y un varón de vecindad civil aragonesa se casan en Ibiza y fijan su residencia común tras el matrimonio en París. Se discute, a raíz de la liquidación del régimen matrimonial, a cual de los cónyuges corresponde la propiedad de un bien inmueble, situado en Madrid, adquirido durante el matrimonio.   

 

¿Es la situación objeto del DIPr?

 

¿Cómo sabremos cuales el régimen matrimonial de la pareja? Identifique el sector del DIPr en el que se encontrará la respuesta 

 

Busque en la Legislación el Reglamento de la UE 2016/1103 y el art. 9.2 del Código Civil ¿qué norma se aplicará? ¿Cambiaría la solución que ofrecen dichas normas en el supuesto?

 

 Introduzca la variante de que la residencia del matrimonio establece en Mallorca y responda a las mismas preguntas

 

Supuesto 2. Un aragonés, fallece en Biarritz, localidad en la que había fijado su residencia desde hacía cinco años, sin haber otorgado testamento.  Conforme a qué Derecho se determinará quienes son sus herederos? 

 

¿Se aplicará el Código de Derecho Foral Aragonés?

 

¿Debe intervenir el Derecho Internacional Privado en la regulación de esta situación?


¿En qué disposición encontraremos la solución al problema de derecho aplicable? Vea el Reglamento UE 650/2012 y el art. 9.8 del Código Civil y seleccione la norma a aplicar. 

 

¿Y si en lugar de residir en Biarritz, residiera en La Coruña?  

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