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Itinerario Millennium 2021-2022

Nº 11. Bruselas I bis) y sus foros

Nº 11. Bruselas I bis) y sus foros

Actividad 1. Un trabajador español interpone una reclamación laboral ante un Juzgado de Zaragoza frente una empresa americana de ascensores, con sede social en California, que le contrató para desarrollar su prestación laboral como montador y mantenedor de ascensores en España, donde reside el trabajador, pero atendiendo también las operaciones de mantenimiento en Francia y en Portugal, lo que supone continuos desplazamientos a dichos países. Dicho trabajador fue contratado en un establecimiento que la empresa tiene en Burdeos y en el contrato las partes se someten a los Tribunales de París.

Cuestiones:

1. ¿Qué Tribunales serán competentes para conocer de la reclamación del trabajador?

2. ¿Y si fuera la empresa americana la que demandara al trabajador por negligencia en el desempeño de su trabajo?

Actividad 2. Un ciudadano domiciliado en España, celebra un contrato para jugar al póker por internet con una empresa portuguesa que a través de su web ofrece juegos de azar on line. El jugador realizando dicha actividad gana sustanciosas sumas de dinero, invirtiendo muchas horas al día en el juego, de cuyas ganancias prácticamente vive.

Cuestiones:

*Para realizar una buena argumentación jurídica consulte la Sentencia del TJUE de 10 de diciembre de 2020 en el asunto C‑774/19.

1. Ante desavenencias contractuales con la empresa ¿puede activar el foro de consumo?

2. En el supuesto hipotético planteado, si el ciudadano español demanda a la empresa portuguesa ¿ante que Tribunales puede hacerlo? Conteste a la misma pregunta en el caso en que sea demandado el usuario.

3. Si se diera la circunstancia de que dicho ciudadano hubiera realizado un contrato de juego on line, durante sus vacaciones en Portugal, con una empresa portuguesa de juegos de azar, podría activar el foro de protección?

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