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Itinerario Millennium 2024-2025
Nº 22. Matrimonio

Una pareja, nacional chileno él y aragonesa ella, ambos residentes en París, contrajeron matrimonio civil el 10 de febrero de 2021 en un Juzgado de aquel país, y no otorgaron capitulaciones matrimoniales. Años después trasladan su residencia a España, residiendo actualmente en Barcelona.
Responda a las siguientes cuestiones:
1.Tendrá validez en España el matrimonio celebrado en París? ¿En qué otras formas podrían haber celebrado el matrimonio en París para que se considerase celebrado válidamente conforme a Derecho español?
Determine la ley aplicable a la celebración del matrimonio.
2. ¿Cuál será la ley rectora de los efectos del matrimonio?
3. Tras el matrimonio adquieren una vivienda, en el momento de otorgar la escritura de compraventa, el notario les pregunta cuál es su régimen económico matrimonial ¿Cuál será la ley aplicable al mismo?
4. ¿Cómo influye el traslado de su residencia a Barcelona, cambiará la ley aplicable?
5. Una vez establecido el matrimonio en dicha ciudad desean otorgar capitulaciones matrimoniales y someter su régimen económico al Derecho aragonés. Determine si es posible conforme a derecho.
Fundamente jurídicamente sus respuestas.
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