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Cinemill: Premios Óscar 2023

Con motivo de la celebración de la gala de los Premios Óscar 2023 recordamos a una película que ha pasado por nuestra cartelera: Avatar[1].
Aprovechamos también el evento para proponer una cuestión jurídica a nuestros seguidores.
Carlos y María son dos estudiantes universitarios muy aficionados al cine. En los últimos días de su estancia Erasmus en Alemania, Carlos observa en un periódico alemán un anuncio para asistir a la gala en EEUU. A su regreso a España y gracias a su conocimiento del idioma alemán compra, a través de la web de la empresa alemana el viaje.
María, sin embargo, recibe en su correo electrónico una oferta de una agencia de viajes francesa que acaba de abrir una sucursal en España. Aunque no sabe francés se le envía toda la información en castellano, por lo que también adquiere su billete para la gala.
Finalmente, en Estados Unidos les espera John, un amigo común que pasa los veranos en un pueblo de Zaragoza y que ha adquirido los billetes en una agencia americana.
En caso de que quisieran ejercitar acciones ¿ Son equivalentes estas situaciones desde el punto de vista de la Competencia Judicial Internacional?
¿Nos encontramos en todos los casos ante situaciones privadas internacionales?