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#SeriesMill: Emily en París

#SeriesMill: Emily en París
Emily en París es una serie de comedia dramática creada por Darren Star que se estrenó en Netflix en 2020. La trama sigue a Emily Cooper (interpretada por Lily Collins), una joven ejecutiva de marketing de Chicago que recibe una oferta laboral inesperada para trasladarse a París y aportar una perspectiva estadounidense a Savoir, una prestigiosa empresa de marketing francesa, con sede en Francia, que ha sido recientemente adquirida por parte del grupo americano donde trabaja.
La serie destaca por su enfoque en las interacciones interculturales y las complejidades de adaptarse a una nueva vida en otro país. Emily, siendo estadounidense, debe aprender a desenvolverse en un entorno laboral francés, donde las normas y expectativas difieren significativamente de las que estaba acostumbrada. Este choque cultural se manifiesta en situaciones tanto profesionales como personales, proporcionando una visión entretenida y, en ocasiones, crítica de las diferencias entre ambas culturas.​
Desde el punto de vista del Derecho Internacional Privado, la serie ofrece una valiosa herramienta didáctica para reflexionar sobre las implicaciones jurídicas de la movilidad internacional de personas. Emily no solo traslada su residencia habitual de Estados Unidos a Francia, sino que en París vive, trabaja, alquila un apartamento y, a lo largo de las distintas temporadas, establece relaciones personales y afectivas con personas de diversas nacionalidades.
En primer lugar, Emily comienza a trabajar en París para una empresa francesa, aunque su empleador inicial es estadounidense. Este cambio de destino plantea de inmediato dos cuestiones clave desde el punto de vista del DIP: ¿Qué tribunales serían competentes en caso de litigio? ¿Qué ley sería aplicable para resolver tal disputa?
A pesar de que faltan detalles sobre el contrato que serían claves para resolver a tales cuestiones, en cuanto a la competencia judicial internacional, el Reglamento Bruselas I bis prevé un foro de protección en materia laboral, que permite al trabajador demandar a su empleador ante los tribunales del domicilio del empresario o ante los tribunales del lugar donde habitualmente realiza su trabajo (art. 21), mientras que el trabajador solo puede ser demandado ante los tribunales de su propio domicilio (art. 22). Ello busca proteger al trabajador como parte débil del contrato. En cuanto a la ley aplicable, el Reglamento Roma I, resulta aplicable para determinar la ley aplicable a las obligaciones contractuales. Este Reglamento establece que, salvo elección expresa de las partes, el contrato de trabajo se rige por la ley del país en el que el trabajador desarrolla habitualmente su actividad (art. 8).
En segundo lugar, durante su estancia en París, Emily alquila un apartamento en un céntrico barrio parisino. Aunque este contrato parece anecdótico en la serie, desde la perspectiva jurídica tiene una notable relevancia, ya que constituye un contrato con elemento internacional, entre una persona de nacionalidad estadounidense y un arrendador francés, sobre un inmueble localizado en Francia. En este caso, en virtud del art. 24.1 del Reglamento Bruselas I bis, los tribunales del Estado miembro en que se sitúe el inmueble tienen competencia exclusiva en materia de arrendamientos de bienes inmuebles. Por tanto, cualquier litigio sobre el contrato de arrendamiento que afecte al uso del apartamento o a impagos se resolvería necesariamente ante los tribunales franceses. En cuanto a la ley aplicable, el art. 4.1.c del Reglamento Roma I establece que, en los contratos que versan sobre un derecho real inmobiliario o sobre arrendamientos de inmuebles, se aplica la ley del país donde se encuentra el bien inmueble. Por tanto, la ley aplicable al contrato de arrendamiento de Emily será la ley francesa.
Finalmente, uno de los aspectos más interesantes para el estudio del DIPr. en la serie son las relaciones afectivas que Emily mantiene con personas de distinta nacionalidad y residencia: Gabriel (francés, residente en París), Alfie (británico, también residente en París) y Marcello (italiano, residente en Roma). Este abanico de relaciones posibles permite plantear las consecuencias jurídicas que acarrearía si Emily decidiera, hipotéticamente, contraer matrimonio con alguno de ellos, e incluso fijar su residencia conyugal en otro país. Aquí entran en juego varias cuestiones del Derecho Internacional Privado, como la ley aplicable a la celebración del matrimonio (que conforme al DIPr. español se determina de conformidad con el art. 9.1. CC), o la determinación del régimen económico matrimonial. En este contexto, responda a las siguientes cuestiones, con una buena argumentación jurídica:
1. Imagine que Emily contrae matrimonio en Chicago con Gabriel (francés, residente en París) y, tras la celebración del matrimonio establecen su residencia habitual en París. ¿Qué ley regirá los efectos de su matrimonio? ¿Conforme a qué ley podrían celebrar capitulaciones matrimoniales?
2. Responda a ambas cuestiones si Emily con quien contrajera matrimonio en Chicago fuera con Marcello, y tras la celebración del matrimonio continúan ella residiendo en Francia y él en Roma.
3. Si el matrimonio con Marcello no funciona, y Emily quiere divorciarse, ¿qué ley será aplicable a su divorcio?
Fotografía: https://www.filmaffinity.com/es/film628135.html
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