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Nota Legal: Nuevo buscador de jurisprudencia del Principado de Andorra

Nota Legal: Nuevo buscador de jurisprudencia del Principado de Andorra
A través del Derecho Comparado se estudian las regulaciones que ofrecen los sistemas jurídicos respecto de instituciones jurídicas concretas. En el ámbito del Derecho Internacional Privado, una vez atribuida, con arreglo a las normas de Competencia Judicial Internacional, dicha competencia a los tribunales de un concreto Estado, será necesario determinar la ley aplicable al supuesto examinado. La norma de conflicto puede designar como aplicable un derecho extranjero, lo que requerirá su alegación y prueba en juicio. En nuestro ordenamiento jurídico, la alegación y prueba del derecho extranjero, se regula en los artículos 281.2 LEC y 33 LCJIMC[i], podrá ser probado a través de diferentes medios, como el informe de expertos[ii], o la prueba pericial, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 LCJIMC, así como a través de alguno de los medios de prueba recogidos en el artículo 299.1 de la LEC[iii].
El conocimiento del Derecho extranjero se hace necesario en los supuestos de relaciones transfronterizas, en especial con los países limítrofes al nuestro. Francia y Portugal forman parte de la Unión Europea y comparten con España la incorporación a sus ordenamientos del Acervo Comunitario así como la aplicación directa de los Reglamentos de la Unión Europea, y de los instrumentos de auxilio judicial internacional en materias como la notificación o la obtención de prueba transfronterizas[iv]. El tercer país limítrofe con España es el Principado de Andorra, que contaba en el año 2025 con un 23,6[v]% de hombres, e idéntico porcentaje de mujeres, respecto del total de su población de nacionalidad española, lo que puede dar lugar a la existencia de situaciones de conflicto de leyes que deben ser examinadas desde el prisma del Derecho Internacional Privado[vi]. En el ámbito mutlilateral de la Cooperación Jurídica Internacional, Andorra forma parte, de la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado[vii].
Para conocer la legislación vigente en el Principado, se creó el Portal Jurídic Andorrà[viii], que contiene, según se recoge en el mismo, las leyes y reglamentos publicados en el Bulletí Oficial del Principat d'Andorra desde 1989 así como las modificaciones sufridas por las normas[ix]. Además del conocimiento del derecho vigente en un país, son relevantes las decisiones judiciales que constituyen jurisprudencia para poder conocer la interpretación de las normas y su aplicación a supuestos concretos[x]. La existencia de internet y de las nuevas tecnologías permite acceder desde cualquier país del mundo a las resoluciones dictadas por tribunales de otro estado.
Así msimo, el Centro de Estudios Jurídicos y el Consell Superior de la Justícia d'Andorra firmaron en enero de 2026 un memorando de entendimiento que tiene como objeto desarrollar e implementar actividades de formación para el personal de justicia de ambos países[xi].
En el marco del Convenio suscrito entre el Consell Superior de la Justícia del Principat d'Andorra y el Consejo General del Poder Judicial[xii], se ha puesto en marcha una nueva versión del buscador de jurisprudencia que se encuentra disponible en la web de la justicia andorrana[xiii]. Como elementos más destacados del nuevo buscador se reseñan la existencia de un tesauro con más de 4.000 términos, la realización de un resumen de la resolución a través de la inteligencia artificial o la incorporación del identificador estándar a nivel europeo ECLI (European Case Law Identifier)[xiv], identificador europeo de jurisprudencia que facilita el acceso y la cita a la jurisprudencia nacional, extranjera y europea, lo que permitirá la identificación de las resoluciones andorranas a nivel internacional[xv].
El buscador permite acceder a resoluciones de los tres órdenes jurisdiccionales que conforman la Justicia en el Principado[xvi]: Jurisdcción Civil, Penal y Administrativa. A su vez, la base de la jurisdicción está integrada por los Batlles[xvii], que conocen del asunto en primera instancia; en el orden penal, el Tribunal de Corts[xviii] juzga en primera instancia determinados delitos y conoce de las apelaciones frente a las resoluciones de los Batlles dictadas en fase de instrucción que sean susceptibles de recurso. La instancia más alta en la organización judicial del Principado la conforma el Tribunal Superior de Justícia d'Andorra[xix], integrado por las Salas Civil, Penal y Contenciosa. Conoce, en los términos previstos por las leyes, de los recursos frente a las resoluciones dictadas por los Batlles en materia civil y administrativa y las dictadas por el Tribunal de Corts; así como las dictadas por los Batlles en instrucción en fase de ejecución del procedimiento de las ordenances penales[xx]. Por tipo de resolución, puede accederse a las sentencias, autos[xxi] y resoluciones dictadas en el procedimiento de las ordenances penales.
Este nuevo buscador permite tener un acceso actualizado a la jurisprudencia del Principado desde cualquier lugar del mundo, en una época en la que la globalización es la protagonista en las relaciones internacionales, lo que incide en una mayor presencia de litigios con elemento extranjero en los tribunales. También permitirá tener un mejor conocimiento de la aplicación por los jueces del Derecho Andorrano a quienes estén interesados en conocerlo desde otros países.

Álvaro Gimeno Ruiz
Letrado de la Administración de Justicia
Letrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Sala Social.


[i]              Vid. DIAGO DIAGO M.P. La prueba del Derecho extranjero tras la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia Civil. Anuario Español de Derecho Internacional Privado. Nº. 17, 2017, págs. 533-560.
[ii]             Y para ello consideramos suficientemente probado el derecho marroquí mediante el informe de la Profesora Titular del Área de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza. Sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca de 14 de diciembre de 2005. Rec. 110/2005. ECLI:ES:APHU:2005:488.
[iii]            DIAGO DIAGO M.P. La prueba...
[iv]           Vid. DIAGO DIAGO M.P. La obtención de pruebas en la Unión Europea. Thomson Reuters Aranzadi. 2003. DIAGO DIAGO. M.P. Reglamento 1206/2001 relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil y mercantil: estudio sobre su obligatoriedad, imperatividad y exclusividad. REEI. Nº 25. 2013.
[v]             Població d'Andorra per nacionalitat i sexe 2025. Andorra recerca + innovació. Disponible en https://observatorisocial.ad/observatoris/143-observatori-genere/760-dades-demografiques
[vi]            Vid VIÑAS FARRÉ R. Dret internacional privat del Principat d'Andorra. Marcial Pons 2002 y VIÑAS FARRÉ R. Dret Internacional Privat del Principat d'Andorra: Persona, família, succesions i testaments. Vol. 2 Universitat d'Andorra. Fundació Crèdit Andorrà. 2009. RODRÍGUEZ MIÑANA J.C. Normas de derecho internacional privado en la Ley andorrana 30/2022, calificada de la persona y de la familia. Examen de su Título III. Bitácora Millennium Dipr. Nº 17. 2023.
[vii]           Vid. GIMENO RUIZ A. Cooperación judicial en material civil con Estados Europeos no miembros de la UE: Principado de Andorra. A propósito del 30 aniversario de la Constitución andorrana de 1993 y el 130 aniversario de la incorporación de España a la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado. Bitácora Millennium Dipr. Nº 21. 2005.
[ix]            La Constitución Andorrana de 1993 reconoce en su artículo 3.2 el principio de publicidad de las normas: La Constitució garanteix els principis de legalitat, de jerarquia, de publicitat de les normes jurídiques, de no retroactivitat de les disposicions restrictives de drets individuals o que comportin un efecte o estableixin una sanció desfavorables, de seguretat jurídica, de responsabilitat dels poders públics i d'interdicció de tota arbitrarietat.
[x]             La disposición adicional segunda de la Llei 46/2014, del 18 de desembre, de la successió per causa de mort dispone que La jurisprudència del Tribunal Superior de Justícia d’Andorra té la funció de complementar, amb la finalitat d’interpretar i aplicar, el dret privat del Principat d’Andorra.
[xii]           Acuerdo Internacional Administrativo entre el Consejo General del Poder Judicial del Reino de España y el Consell Superior de Justicia del Principado de Andorra, hecho en Madrid el 21 de julio de 2015. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-8334
Acuerdo Internacional no normativo en materia de jurisprudencia entre el Consejo General del Poder Judicial del Reino de España y el Consell Superior de la Justícia del Principado de Andorra (2025)
[xiii]          https://www.justicia.ad/cercador-jurisprudencia/ Conforme al artículo 89.1 CA 1993:El Consell Superior de la Justícia com a òrgan de representació, govern i administració de l'organització judicial, vetlla per la independència i el bon funcionament de la Justícia.
[xiv] Nou cercador de jurisprudència. Disponible en https://www.justicia.ad/nou-cercador-de-jurisprudencia/
[xv]           Identificador europeo de jurisprudencia (ECLI). Disponible en https://e-justice.europa.eu/topics/legislation-and-case-law/european-case-law-identifier-ecli_es CANCIO FERNÁNDEZ R.C. Frente a la Babel jurídica, el pidgin jurisprudencial: ECLI. Legal today. 2014. Disponible en https://www.legaltoday.com/opinion/articulos-de-opinion/frente-a-la-babel-juridica-el-pidgin-jurisprudencial-ecli-2014-10-07/
[xvi] FIGAREDA I CAIROL P. Les institucions del Principat d'Andorra. Rafael Dalmau editor. 1998. El poder judicial.
[xvii]         Artículo 47 de la Llei Qualificada de la Justícia: La Batllia d’Andorra és la jurisdicció de primera instància i instrucció en els àmbits jurisdiccionals civil, administratiu, i penal en els termes establerts per les lleis.  Puede actuar como Batlle unipersonal o como Tribunal de Batlles. En Andorra la traducción de la palabra juez al catalàn es batlle, mientras que en Cataluña se traduce como jutge. Vid. GABERNET PIQUÉ A. Per què a Andorra hi ha batlles i no jutges? Consell de l'Advocacia Catalana . Disponible en https://www.cicac.cat/arees/llengua/recursos-linguistics/catala-la-carta/per-que-a-andorra-hi-ha-batlles-i-no-jutges/
[xviii]       Vid. artículo 52 de la Llei Qualificada de la Justícia. Puede actuar en composición unipersonal o colegiada de tres magistrados.
[xix] Vid. artículo 56 de la Llei Qualificada de la Justícia.
[xx]          Los artículos 163 a 166 ter del Codi de procediment penal regulan el procedimiento de ordenança penal. El artículo 166 ter dispone que El Consell Superior de la Justícia ha de publicar anyalment a la seva web el recull de les ordenances penals acceptades en el decurs de l’any anterior i eliminar les mencions relatives a la identitat de les persones que s’hi esmentin. .
[xxi]          Nótese que, mientras que en Cataluña la traducción de auto al catalán es interlocutòria, en Andorra, se traduce al catalán por aute. 
GABERNET PIQUÉ A. Per què a Andorra en diuen aute en lloc d’interlocutòria .Consell de l'Advocacia Catalana. Disponible en https://www.cicac.cat/arees/llengua/recursos-linguistics/catala-la-carta/per-que-a-andorra-en-diuen-aute-en-lloc-dinterlocutoria/ Vid. así mismo CURCURULL M., SALOM J. Català Jurídic. Universitat d'Andorra. 2024. 
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La norma de conflicto puede designar como aplicable un derecho extranjero, lo que requerirá su alegación y prueba en juicio. En nuestro ordenamiento jurídico, la alegación y prueba del derecho extranjero, se regula en los artículos 281.2 LEC y 33 LCJIMC

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Dentro del programa especial Millennium DIPr. de apoyo a jóvenes juristas, el martes 21 de abril de 2026 a las 19:00h., se celebrará esta actividad de extensióndedicada a difundir las diferentes salidas profesionales que favorece el Grado en Derecho