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Bitácora Millennium DIPr

Autor: MARÍA ÁNGELES SÁNCHEZ JIMÉNEZ. Profesora Titular de Derecho Internacional Privado (Universidad de Murcia)

Revista nº 12

Alcance de la operatividad de los foros de competencia de las legislaciones de los Estados miembros en materia de divorcio, separación y nulidad matrimonial.

El trabajo aborda el alcance de la modificación que introduce el art. 6 del Reglamento (UE) 2019/1111 al refundir los arts. 6 y 7 del Reglamento (CE) 2201/2003. El objeto es mostrar la trascendencia que presenta su resultado al permitir concretar los casos (y límites) en los que los tribunales de los Estados miembros pueden basar su competencia para conocer de una demanda de divorcio, separación o nulidad matrimonial en los foros comprendidos en sus respectivas legislaciones (regímenes internos o textos convencionales)


Alcance de la operatividad de los foros de competencia de las legislaciones de los Estados miembros en materia de divorcio, separación y nulidad matrimonial.

Abstract: The aim of this article is to address the scope of the modification introduced by art. 6 Regulation (EU) 2019/1111 when recasting articles 6 and 7 of Regulation (EC) 2201/2003. The objective is to proof its importance as it allows to specify the cases (and limits) in which Member States’ Courts can base their own competences in matters of divorce, legal separation or marriage annulment in the jurisdiction rules of their own legislations (both domestic regimes and treaties).

Key Words: Article 6 Regulation (EU) 2019/1111; recasting of articles 6 and 7 of Regulation (EC) 2201/2003; jurisdiction rules; divorce, legal separation and marriage annulment; operability of Member States’ “laws”.

SumarioI. Introducción II. Trascendencia del art. 6 del Reglamento 2019/1111 en atención a su objetivo 1. Finalidad a la que obedece la modificación 2. La cuestión planteada por las dificultades de la interpretación III. Alcance de la clarificación que introduce el art. 6 del Reglamento 2019/1111 1. La refundición como base de la articulación 2. La trascendencia de la sistemática en la solución IV. Conclusiones

Fecha de recepción del original: 6 de julio de 2020. Fecha de aceptación de la versión final: 21 de julio de 2020.

DOI: https:/doi.org/10.36151/MDIPR.2020.006

Fotografía diseñada por Freepik

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