Social

volver

Actualidad y opinión

Fútbol, Brexit y libre circulación de resoluciones judiciales ¿ El futuro está en Lugano?

Fútbol, Brexit y  libre circulación de resoluciones judiciales ¿ El futuro está en Lugano?
 
La sentencia del caso Bossman[1] (asunto C-415/93) supuso un antes y un después en el fútbol europeo, al reconocer la libre circulación de trabajadores en dicho ámbito como una manifestación de las libertades consagradas por los Tratados Constitutivos, sin que quepa establecer restricciones a dicha libertad. El Tribunal determinó que las cláusulas de nacionalidad, que limitan la alineación de jugadores de otros Estados Miembros en los encuentros deportivos, constituyen un obstáculo a la libre circulación de trabajadores. 
  
Ello incidió en la alineación de jugadores en las ligas de fútbol de los Estados Miembros. La normativa aprobada por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) para la temporada 2015/2016[2] (en el ámbito de las competiciones de primera, segunda, segunda B y tercera división) establece en su disposición tercera que los clubes de primera división podrán inscribir hasta tres jugadores extranjeros de fuera de la UE y los de segunda hasta dos, que podrán ser alineados simultáneamente. El Código disciplinario de la RFEF, establece en su artículo 76 la pérdida del partido por tres goles a cero, salvo que el resultado hubiera sido superior, al equipo que alinee indebidamente a un futbolista que no reúna los requisitos reglamentarios para poder participar en un partido.  
 
El proceso conocido como Brexit, determinará la salida del Reino Unido de la Unión Europea, y por tanto, la pérdida de la condición, a los efectos de la normativa interna de las ligas europeas, de jugador de la UE, ocupando plaza de extranjeros los nacionales de dicho país. También afectará a los jugadores de la UE que militan en competiciones inglesas, según el artículo publicado en Iusport titulado “El mundo del deporte, expectante ante la "hoja de ruta" para la salida efectiva del Reino Unido[3]”, sólo 4, de 30  futbolistas españoles que jugaron la pasada campaña cumplirían los requisitos para seguir jugando en la Premier League, si bien, se podrían conceder permisos de trabajo cuando se reúnan cualidades especiales.
 
Una posible solución pasaría por la incorporación de Reino Unido al Espacio Económico Europeo, del que forman parte la Unión Europea[4] y la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA), formada por Islandia, Liechtenstein., Noruega y Suiza, si bien el país helvético no forma parte del mismo[5], y de la que Reino Unido ya formó parte en el pasado. El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo[6] establece la libertad de circulación de trabajadores y el principio de igualdad de trato en materia de empleo, lo que permitiría a los futbolistas mantener su status actual.
 
Ello incidiría en otros aspectos extrafutbolísticos y de gran relevancia para las relaciones entre el Reino Unido y la UE, como la libre circulación de mercancías, que implica la eliminación de aranceles y la libre prestación de servicios. Dentro de la libertad de circulación de personas se incluye el reconocimiento de la libertad de establecimiento, tanto para personas físicas como jurídicas, que permite la creación de agencias, sucursales y filiales, así como la coordinación de las disposiciones en materia de seguridad social. Todo ello viene reconocido por el Acuerdo.  
 
Además, la incorporación a la EFTA, en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 del Convenio de Lugano de 2007 (Lugano II), sobre la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, permitiría a Reino Unido formar parte del mismo. Este Convenio sustituyó al Convenio de Lugano de 1988 ( Lugano I), y toma como base el contenido del Reglamento 44/2001 ( Bruselas I). 
 
Una futura modificación de dicho texto ( Lugano III), que aproximara su contenido al del Reglamento 1215/2012, permitiría la libre circulación de resoluciones judiciales entre dichos países anglosajones y la UE, a la vez que reforzaría la seguridad jurídica.
 
Aunque incierto, puede que el futuro de las relaciones entre el Reino Unido y la UE pase por una ciudad conocida por los internacionalprivatistas: Lugano.

Por Álvaro Gimeno Ruiz
 
Community Manager de Millennium DIPr. Colegiado no ejerciente del ICA de Huesca.
 

[1] Sobre la misma vid. DUPONT JL. Deporte profesional y ordenamiento jurídico comunitario después del caso Bossman ( Comentario a la sentencia del TJCE de 15 de diciembre de 1995). Revista de instituciones Europeas. Nº 23. 1996.

[2] Disponible en http://cdn1.sefutbol.com/sites/default/files/pdf/circulares/circular4-2015-2016_0.pdf

 
[4] Solución apuntada por los abogados del Despacho Garrigues José Manuel Mateo y Ángel Olmedo en la noticia La adscripción a Espacio Económico Europeo mantendría estatus de jugadores
/www.elconfidencial.com/ultima-hora-en-vivo/2016-06-24/la-adscripcion-a-espacio-economico-europeo-mantendria-estatus-de-jugadores_947760/. Dicha posibilidad, además de otros escenarios también se recogen en el artículo del investigador del Instituto Elcano Salvador Llaudes titulado Y si hay un Brexit, ¿qué pasará entre el Reino Unido y la UE? http://www.blog.rielcano.org/brexit-pasara-reino-unido-la-ue/
Millenium DIPr

Actualidad y opinión

Nota legal: Reconocimiento de resoluciones en la UE, orden público y libertad de prensa: Conclusiones del Abogado General en el asunto C-633/2022

El abogado General del TJUE ha formulado sus conclusiones en el Asunto C 633/22, por lo que el caso quedará visto para sentencia. Una sentencia que será relevante por el contenido de la cuestión prejudicial planteada en la misma

Eventos y noticias

Cinemill: WONKA

Wonka es una comedia musical británica, dirigida por Paul King, que se estrenó en los cines españoles, el 6 de diciembre de 2023.