Social

volver

Actualidad y opinión

Suspenso por plagiar en el trabajo de Fin de Máster

Suspenso por plagiar en el trabajo de Fin de Máster
Las nuevas tecnologías han facilitado enormemente la labor de investigación científica. Un simple golpe de clic permite acceder a millares de sentencias, artículos científicos, revistas especializadas o publicaciones de todo tipo, tanto nacionales como extranjeras, que ayudan a conformar una opinión fundada y extraer nuestras propias conclusiones de casi cualquier tema.  Algo que hoy día parece tan sencillo, hace no tantos años hubiera requerido interminables horas de búsqueda de información que, en cualquier caso nos hubiera dado acceso a menores fuentes de conocimiento. Si a un estudiante de la Universidad de Bolonia de 1088, año de su fundación, se le hubiera revelado como, en algo menos de un milenio, podría desde su escritorio acceder al Law Journal de la universidad de Yale e investigar acerca de asuntos como la presunta discriminación racial en los tribunales de Estados Unidos (http://www.yalelawjournal.org/article/systemic-triage-implicit-racial-bias-in-the-criminal-courtroom), seguramente se hubiera sentido obnubilado, tanto por la existencia del  nuevo continente como por el viaje instantáneo de tal volumen  de información.

El lado negativo de estas maravillas del mundo moderno se encuentra en la tentación de apropiarse del trabajo científico ajeno con un sencillo corta-pega, plagio que además será más sencillo de ocultar entre tamaña cantidad de documentos. Eso, al menos, debió pensar el alumno de un Máster en Derecho Público de la Universidad Complutense de Madrid que en su trabajo de fin de máster decidió copiar e incorporar unas veinte  páginas de un artículo científico publicado, sin entrecomillarlo y sin indicar su fuente. Aunque provisionalmente se le asignó una calificación de sobresaliente, el Tribunal calificador al percatarse del engaño la alteró, de sobresaliente a suspenso, al considerar acreditado el plagio. Lejos de conformarse con esa nota, más acorde a sus méritos académicos, el interfecto decidió recurrir por vía administrativa y, una vez agotada ésta, interponer recurso contencioso-administrativo, que sería desestimado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo N°. 25 de Madrid, en su Sentencia 319/2016 de 27 Septiembre de 2016. El Tribunal entendió que aunque se debió dar trámite al interesado para que se formulasen alegaciones acerca de la cuestión que motivaba el cambio de calificación, se habría producido una mera indefensión formal, que no requiere que se retrotraigan las actuaciones, puesto que aunque no se le oyó en el trámite adecuado, el recurrente sí dispuso de todas las garantías, tanto en vía administrativa como judicial, para alegar cuanto consideró oportuno en defensa de su derecho.

Una vez acreditado el engaño, la calificación de sobresaliente se convierte en un acto viciado de nulidad de pleno derecho por tratarse de “actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición”, al no cumplirse el requisito esencial de originalidad que exige la normativa de los trabajos de fin de máster. Por ello, resulta conforme a Derecho la modificación de la nota en la calificación definitiva. Por si no resultará suficiente el escarnio de una vista en la que una de las autoras copiadas confirmó el engaño del recurrente, se le une que a éste se le impusieron unas costas de 300 euros,  un claro refuerzo a la idea de que el plagio no compensa.

Recientes escándalos como el de Fernando Suárez, nada menos que rector de la Universidad Rey Juan Carlos, que había basado su carrera académica en el plagio sistemático de publicaciones científicas gracias a un equipo de plagiadores profesionales a su servicio, no ayuda mucho a la lucha contra esta execrable lacra. Tampoco resulta reconfortante la tibieza con la que se reaccionó desde ciertas instituciones, situación que choca con otros paises de nuestro entorno, donde no resulta extraño que políticos se vean obligados a dimitir por plagios llevados a cabo años atrás,  porque si bien es cierto que hoy día resulta más fácil plagiar,  también lo es descubrir el mismo a través de las mismas herramientas que lo hicieron posible. También conviene recordar al plagiador que los vicios que producen la nulidad de pleno derecho pueden ser denunciados “en cualquier momento” provocando la desaparición de todos los efectos que  hubiera podido producir.


Nota Millennium:
El Reglamento de los trabajos de fin de grado y de fin de máster en la universidad de Zaragoza, fue aprobado en el Acuerdo de 11 de Septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza ( http://wzar.unizar.es/servicios/coord/norma/traba14.pdf). En su artículo 14.3 se establece que “los trabajos y materiales entregados por parte de los estudiantes tendrán que ir firmados con una declaración expresa en la que se asume la originalidad y autoría del trabajo, entendidas en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin citarlas debidamente. El plagio, entendido como la presentación de un trabajo u obra hecho por otra persona como propio o la copia de textos sin citar su procedencia y dándolos como de elaboración propia, conllevará automáticamente la calificación numérica de cero, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias o legales en las que pudiera incurrir el o los estudiantes que plagien”.
 
Por Javier Gómez Herrero
Marketing & Comunicación Millennium DIPr. Premio Peón 2014 (Rey Ardid)

Fuentes: 

https://fernandezrozas.files.wordpress.com/2017/02/s-jca-272f92f2016.pdf 
Millenium DIPr

Actualidad y opinión

Nota legal: Reconocimiento de resoluciones en la UE, orden público y libertad de prensa: Conclusiones del Abogado General en el asunto C-633/2022

El abogado General del TJUE ha formulado sus conclusiones en el Asunto C 633/22, por lo que el caso quedará visto para sentencia. Una sentencia que será relevante por el contenido de la cuestión prejudicial planteada en la misma

Eventos y noticias

San Jorge 2024: Todo es interregional

Celebramos este año 2024 el día de Aragón inmersos en la docencia de nuestra asignatura, aprovechamos la conmemoración de San Jorge y del día del libro para difundir uno de los elementos de nuestra signatura: El Derecho Interregional.