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Trabajos docentes y Prácticas de extensión

Nº 10 Comercio Internacional. Negocios internacionales

Nº 10 Comercio Internacional. Negocios internacionales

Supuesto 1.

Lea los hechos que constituyen el litigio que da origen a la petición de la decisión prejudicial objeto de la STJUE de 14 de marzo de 2013, as- C-419/11 Česká spořitelna, a.s. y Gerald Feichter.
En tal supuesto ¿serían competentes los Tribunales de Austria, como aduce el Sr. Feitcher?

¿La obligación derivada del aval firmado por el demandado, puede ser considerada “contractual”, cuando según el Derecho del foro, el pagaré es un título valor de carácter abstracto que no es de naturaleza contractual, aun cuando materialice el contenido de un contrato?

En caso de que pudiera aplicarse el foro especial, ¿en función de que criterio resultarían competentes los Tribunales checos?


¿Cómo incide el Derecho material aplicable a la referida obligación? ¿Sería aplicable el Reglamento Roma I sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales para determinar el Derecho aplicable?.

Nota Millennium: se aconseja la lectura completa de la sentencia.

Curiosidad Millennium: La utilización de los pagaré en el Derecho Internacional del Deporte.
¿Sabías que el Real Madrid en el fichaje de Bale ha emitido tres pagarés que envió al Totteham y que ahora están depositados en el Deutsche Bank, banco de referencia del Tottenham? Fuente: Eleconomista.es 

Lee nuestro post especial. El fichaje de Gareth Bale por el Real Madrid y los títulos valores en Derecho Internacional Privado

Supuesto 2.

Una empresa alemana y una empresa española suscriben un acuerdo de colaboración entre ellas, con el fin de presentar una oferta conjunta en el marco de un contrato público que tiene por objeto la construcción de una planta de potabilización de agua para consumo doméstico en la India. Entre otras obligaciones, introducen una cláusula de exclusividad, por la que se comprometen a no concurrir con otras empresas a dicho proyecto, compromiso que es roto por la empresa española. En consecuencia, es demandada por la empresa alemana por romper el compromiso de exclusividad ante los Tribunales alemanes.

¿Son competentes los Tribunales alemanes?

¿Cómo determinar la ley rectora del acuerdo de colaboración?

Si en el acuerdo se hubiera pactado la aplicación de la legislación de EEUU a las diferencias que pudieran surgir entre las partes ¿sería válida dicha elección?

En su caso, ¿existiría algún límite a la aplicación de dicha legislación?

Millenium DIPr