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#CineMill "El secreto de Marrowbone" la ley personal y la guardia de hecho

#CineMill "El secreto de Marrowbone" la ley personal y la guardia de hecho

La película depositaria de este CineMill tiene por título “El secreto de Marrowbone”. Dirigida por Sergio G. Sánchez (guionista en “Lo imposible”) y producida por Juan Antonio Bayona (“Un monstruo viene a verme”, “El orfanato”), nuestro director de cine más internacional. 

En cuanto al argumento de la película, es el que sigue: En 1969, en la América rural, los cuatro jóvenes hermanos Jack, Billy, Jane y el pequeño Sam llegan a Marrowbone junto a su madre Rose. Escaparon de Inglaterra con el objetivo de dejar atrás a su padre, un hombre violento y con pasado criminal. Ahora, en aquella casa abandonada, esperan iniciar una nueva vida, partiendo de cero en ese lugar en el que nadie les conoce”.

Por lo que hace a nuestros propósitos interprivatistas, llama la atención la nacionalidad inglesa de nuestros protagonistas, quienes, vista la sinopsis, parece ser que se ven forzados a emigrar allende sus tierras, a la “Tierra de la Libertad”. Sin embargo, éste no es el dato más destacable. 

Al respecto, continúa la sinopsis diciendo que: “Muy pronto entablan amistad con Allie, una joven local que lleva luz a sus deprimentes vidas. Pero cuando Rose fallece de manera inesperada, los chicos se quedan desamparados y sin recursos. Tras enterrar a su madre en el jardín, deciden mantener su muerte en secreto para evitar ser deportados o separados. De esta forma tendrán que intentar sobrevivir sin la ayuda o supervisión de un adulto, escondiéndose del mundo y sin otro lugar adonde ir”.

Concretamente, por expreso deseo de la madre, los cuatro hermanos tenían que estar escondidos hasta que el hijo mayor cumpliera 21 años. Todo ello a fin de evitar ser “separados”. En particular, por lo que concierne al hermano pequeño, quien, desde el fallecimiento de la madre, pasa a ser cuidado por sus hermanos mayores. De lo antedicho surgirían dos preguntas: ¿los 21 años refiere a la mayoría de edad? ¿qué sucede en estos casos de menores en relación con los cuales se ejerce una “guarda de hecho” y que, además, existen elementos internacionales (“nacionalidad inglesa” del hermano menor de los Marrowbone)?

Por lo que hace a la primera de las cuestiones, interesa significar que la mayoría de edad puede divergir de un país a otro, y no necesariamente tiene que coincidir con la “mayoría española”. Los EEUU merecen especial mención, ya que existen 50 estados, cada uno de los cuales con su propia regulación en lo que respecta a la mayoría de edad. A este respecto: https://hrpo.wustl.edu/wp-content/uploads/2015/01/5-Determining-Legal-Age-to-Consent.pdf 

Descendiendo a detalles, “Marrowbone” es un lugar ubicado en el condado de Cumberland, del estado de Kentucky. En este estado, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años. Al igual que en España. Existe, no obstante, una diferencia: en España, se podría decir, tener 18 años supone alcanzar la plena capacidad de obrar. En Kentucky, sin embargo, dicha capacidad no es plena, sino “cuasi plena”. Efectivamente, hay dos importantes excepciones: por un lado, el consumo de alcohol, y, por otro lado, en caso de personas discapacitadas (Vid. http://statelaws.findlaw.com/kentucky-law/kentucky-legal-ages-laws.html ). Estas excepciones dejan de desplegar sus efectos cuando el sujeto de que se trate cumple 21 años. 

En otro orden de cosas, y por lo que se refiere a la situación de un menor no-nacional respecto del cual se ejerce una “guarda de hecho” en EEUU, cabría preguntarse qué instrumento internacional estaba vigente a la sazón. A este respecto, teniendo en cuenta el arco temporal (1969), estaba operativo el antiquísimo Convenio de 5 de octubre de 1961 sobre Competencia de Autoridades y Ley Aplicable en Materia de Protección de Menores. Sin embargo, como quiera que EEUU nunca fue parte del mencionado instrumento, no procedería su aplicación en este hipotético escenario. Por lo tanto, habrá que acudir a la Ley del Estado de Kentucky. Dicha ley dilucidará, en estos casos internacionales, si la tan aludida “guarda de hecho” es o no válida y, en su caso, en qué condiciones. De otra parte, cabe destacar, a título anecdótico, que EEUU sí firmó el Convenio de 19 de octubre de 1996 Relativo a la Competencia, la Ley Aplicable, el Reconocimiento, la Ejecución y la Cooperación en materia de Responsabilidad Parental y de Medidas de Protección de los Niños. Mas, a fecha actual, dicho convenio sigue sin estar en vigor.

 

En suma: “El secreto de Marrowbone” es una película digna para degustar esos apacibles momentos que nos suele brindar esas típicas películas de “sobremesa”. Pero, sobre todo, por las enseñanzas interprivatistas que contiene y nos pueden ser transmitidas.

Millenium DIPr

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