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San Jorge 2021, Día de Aragón: Covid y mirada al futuro

San Jorge 2021, Día de Aragón: Covid y mirada al futuro

Un año más celebramos el día de Aragón, San Jorge, en un año que, igual que en 2020, está marcado por la pandemia y los efectos del coronavirus. Por eso desde Millennium Dipr queremos mandar un afectuoso recuerdo a todos los que han luchado o se encuentran luchando contra la enfermedad, así como a todos los que día tras día hacen que con su trabajo sigamos teniendo sanidad, alimentos básicos, seguridad y educación. Confiamos en que éste sea el último año en que tengamos que celebrar San Jorge de una forma diferente y, al año que viene podamos recuperar los actos tradicionales que marcan este día.

A nivel jurídico fenómenos como el Covid 19 y el Brexit han puesto de manifiesto el carácter global de las relaciones internacionales y la necesidad de encontrar soluciones de carácter colectivo a cuestiones que afectan a todos los países del mundo. Fenómenos como el teletrabajo o el uso de las nuevas tecnologías en el ámbito educativo han acelerado su implantación y parece que han llegado para quedarse. Los retos jurídicos que plantean las nuevas tecnologías deberán ser regulados teniendo en cuenta las características que plantean a través de puntos de conexión relacionados con el ciberespacio[1].

En el ámbito de la Unión Europea el fenómeno conocido como Brexit[2] ha tenido repercusiones en el sector de la Competencia Judicial Internacional en materia civil, ya que no serán de aplicación a Reino Unido los Reglamentos de la UE y, entre ellos el Reglamento 1215/2012. La alternativa puede ser la incorporación al Convenio de Lugano (que se está viendo dificultada) o en su caso, la suscripción de convenios bilaterales.

Para el caso de los países con los que no existe Convenio, el artículo 22 LOPJ determina la Competencia Judicial Internacional de los Tribunales españoles, lo que supone que el jurista debe conocer el sistema de fuentes del Derecho Internacional Privado para proceder a su aplicación en función de las circunstancias del caso.

Entre convenios internacionales, normativa de la Unión Europea y leyes nacionales, el Derecho Foral Aragonés mantiene su origen histórico mirando al futuro. Instituciones surgidas hace siglos muestran su vigencia para la solución de problemas jurídicos actuales. 

Una institución recogida en el Código de Derecho Foral de Aragón en su artículo 271 es el usufructo de viudedad al otro cónyuge sobre los bienes del primero que fallezca. (La celebración del matrimonio atribuye a cada cónyuge el usufructo de viudedad sobre todos los bienes del que primero fallezca). Dicho usufructo es consecuencia de la celebración del matrimonio y se manifiesta durante el mismo como un derecho expectante de viudedad[3].

En caso de que ambos cónyuges posean distinta vecindad civil, la ley aplicable al régimen económico matrimonial se determinará con arreglo al artículo 9.2 CC. Durante la celebración del matrimonio puede darse un cambio de vecindad civil de los cónyuges, lo que daría lugar a una situación de conflicto móvil, que el artículo 16 CC, resuelve de la siguiente manera

El derecho de viudedad regulado en la Compilación aragonesa corresponde a los cónyuges sometidos al régimen económico matrimonial de dicha Compilación, aunque después cambie su vecindad civil, con exclusión en este caso de la legítima que establezca la ley sucesoria.

El usufructo viudal corresponde también al cónyuge supérstite cuando el premuerto tuviese vecindad civil aragonesa en el momento de su muerte.

Porque en el día de Aragón,

¡TODO ES INTERREGIONAL!



[1] DIAGO DIAGO M.P. La residencia digital como nuevo factor de vinculación en el Derecho Internacional Privado del Ciberespacio ¿posible conexión de futuro? Diario La Ley,  Nº 8432, 2014

[2] Brexit e instrumentos aplicables a la cooperación judicial en materia civil

http://www.millenniumdipr.com/n-460-brexit-e-instrumentos-aplicables-a-la-cooperacion-judicial-en-materia-civil

[3]  ZABALO ESCUDERO M.E. La situación jurídica del cónyuge viudo en el derecho internacional privado e interregional .Aranzadi Thomson Reuters, 1993.

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